Esther Arroyo y Ana Torroja recibiran mas de 700.000 euros de indemnización por el accidente

  • La actriz recibirá 463.000 euros mientras que la cantante percibirá 252.000 euros

  • El conductor ha sido condenado como autor responsable de una falta de imprudencia leve

El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz ha dictado sentencia por el accidente de tráfico que sufrieron la actriz y presentadora Esther Arroyo y la cantante Ana Torroja en la provincia gaditana en octubre de 2008. Así, la primera de ellas será indemnizada en la cantidad de 463.726 euros frente a los más de cinco millones de euros que reclamaba, y en 252.118 euros la segunda, que solicitaba casi 542.000 euros.

Según consta en la sentencia, tal y como acordaron las partes durante el juicio celebrado el 24 de octubre de 2014, el conductor del otro turismo ha sido condenado como autor responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte en concurso ideal con cinco faltas de imprudencia con resultado de lesiones, fijando una pena de multa de dos meses con una cuota diaria de seis euros (380 euros), así como la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año.

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En los hechos probados, se declara que a las 9,20 horas del 10 de octubre de 2008 el acusado circulaba con una furgoneta de la empresa para la que trabajaba por la N-340. A la altura del punto kilométrico 44,600, perdió el control del vehículo «por desatender las incidencias del tráfico y mantener una velocidad excesiva para las condiciones de la vía» -calzada mojada por la lluvia y fuerte viento de levante-.

Para evitar salirse por el margen derecho de la vía realizó un brusco giro a su izquierda, sin percatarse de que por el carril contrario circulaba el vehículo Chrysler Gran Voyager con el que colisionó violentamente. En este último vehículo viajaban Esther Arroyo, Ana Torroja, R.L.L., M.A.H.G., A.N.O., que era quien conducía, y U.A.R., que falleció a causa de las «gravísimas heridas sufridas» en el siniestro. Sus familiares más próximos han sido indemnizadas por la compañía aseguradora.

Como consecuencia del accidente, A.N.O. sufrió heridas que tardaron 400 días impeditivos en sanar, R.L.L. tardó 365 días en sanar en los que estuvo impedido para sus ocupaciones habituales, M.A.H.G. tardó en alcanzar la sanidad 388 días en los que también estuvo impedido para sus ocupaciones. Por su parte, Ana Torroja sufrió lesiones de las que tardó 365 días en sanar y en los que estuvo impedida para sus ocupaciones habituales, quedándole, entre otras secuelas, estrés postraumático.

Esther Arroyo tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en varias ocasiones por una fractura abierta de tibia y peroné, tardando 543 días en sanar, de los que 432 estuvo impedida para sus ocupaciones habituales. Tuvo que recibir tratamiento psicológico y, entre las secuelas, figura estrés postraumático y una leve cojera, conllevando tales lesiones y secuelas para la afectada «una incapacidad permanente total para su trabajo habitual».

Indemnizaciones

Asumida y aceptada la responsabilidad penal y civil por los daños y perjuicios derivados del accidente, el objeto fundamental del fallo se centra en la determinación de las cuantías indemnizatorias que se demandan por las acusaciones pública y particular a favor de los cinco perjudicados que resultaron con lesiones graves e invalidantes tras el siniestro.

En el acto del juicio, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales estableciendo una indemnización de 533.704 euros para AnaTorroja, de 594.541 para Esther Arroyo, de 171.156 para R.L.L., de 180.769 para A.N.O. y de 271.788 para M.A.H.R.

Por su parte, la acusación particular solicitó 590.597 euros para A.N.O., 211.141 para R.L.L., 261.205 para M.A.H.R., 541.944 para AnaTorroja -446.141 euros de esa cantidad en concepto de lucro cesante- y 5.158.680 euros para Esther Arroyo -4.803.402 en concepto de lucro cesante-.

Así, condena al acusado y a la compañía aseguradora como responsables civiles directos y solidarios, y a la empresa para la que trabajaba el acusado como responsable civil subsidiaria, al pago de 1.131.601,08 euros a los cinco perjudicados -los cuales reclamaban más de 6,8 millones en total-, más la cantidad a determinar por los daños causados en el vehículo siniestrado en el accidente.

Concretamente, establece en 463.726,65 euros la cantidad en la que Esther Arroyo debe ser indemnizada -197.804 por las lesiones y secuelas, 257.237 por lucro cesante y 8.684 por gastos-. AnaTorroja, por su parte, será indemnizada en 252.228,29 euros -88.122 euros por las lesiones y secuelas, 157.126 por lucro cesante y 6.869 euros por gastos-. Igualmente, el fallo fija en 214.235,70 euros la cantidad en la que M.A.H.R. debe ser indemnizado, en 63.202,91 euros la indemnización para A.N.O., y en 138.317,53 euros para R.L.L.

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