VAZQUEZ ABOGADOS ACCIDENTES TRAFICO telefono 609610197. Pagan 130000 euros accidente trafico cartera choco motocicleta con perro vagabundo. El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, Murcia, tendrá que pagar una indemnización de 130.000 euros a una mujer cartera por las lesiones que sufrió tras chocar con su ciclomotor contra un perro vagabundo. Así lo establece una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia que descalifica el informe elaborado por el jefe de la Policía Local.
La sentencia estima el recurso que la accidentada presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Contencioso y eleva la indemnización al apreciar que a consecuencia del accidente padece una incapacidad permanente parcial.
El choque se produjo hace ya siete años, «cuando sufrió una caída de la motocicleta que conducía mientras realizaba su servicio de reparto de correo al colisionar con un perro vagabundo».
El Juzgado de lo Contencioso número Dos de Murcia, en su sentencia de noviembre de 2011, repartió las culpas, por mitad, entre la administración local y la accidentada, al considerar que ésta «no prestaba la atención debida a las circunstancias de la circulación o no supo reaccionar ante la salida imprevista del animal». Al rechazar esa apreciación, el TSJ afirma que el juez tomó como base el informe redactado por el jefe de la Policía Local, que la Sala descalifica al no considerarlo imparcial.
Controversia en el informe
«Apreciamos –dicen los magistrados– que el informe no es propiamente un atestado, sino que está elaborado ad hoc para su presentación en juicio, lo que, por razones obvias, le quita potencia probatoria considerablemente; pero es que el análisis de los elementos objetivos que incorpora lo descalifican totalmente».
La sentencia añade que «especialmente importante es el aspecto relativo al reportaje fotográfico, que podría haber arrojado luz sobre el entorno del lugar por donde salió el perro corriendo antes de cruzarse en la trayectoria de la motocicleta: aunque se dice que fue detallado, sólo se incorporó una fotografía».
El TSJ concluye que «por la forma y velocidad con que se cruzó el perro, no hubo posibilidad de realizar una maniobra evasiva»