CASO NEGLIGENCIA MÉDICA VAZQUEZ ABOGADOS TELÉFONO 952215859 El SAS debera indemnizar con 60.000 euros a una paciente por no detectarle un daño cerebral
La joven de 19 años acudió al hospital Clínico con un fuerte dolor de cabeza, dificultad para caminar y dificultad para responder órdenes sencillas, y pese a ello no se le atendió adecuadamente, según su abogado.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la aseguradora HCC Europe a indemnizar con 60.000 euros a una paciente a la que en 2001, cuando tenía 19 años, no le detectó una hemorragia cerebral en un hospital de Málaga.
La paciente acudió con su padres en febrero de 2001 a un centro de salud de la capital malagueña con un fuerte dolor de cabeza, donde la derivaron al Hospital Clínico de Málaga, según ha informado hoy la asociación Defensor del Paciente, que ha tramitado la demanda.
La joven fue examinada por el médico de guardia y el neurólogo, que le prescribió tratamiento analgésico y ansiolítico y la remitió a Psiquiatría, al considerar que habría sufrido un impacto emocional tras discutir con su hermana, que podría ser el origen de la cefalea, según consta en la resolución.
El letrado de la asociación, Francisco Damián Vázquez, interpuso la demanda donde se hacía constar que la actuación del neurólogo fue «totalmente desacertada», al no apreciar afectación neurológica pese a la evidencia de los síntomas y no ordenar la práctica de pruebas diagnósticas, por lo que no se detectó la hemorragia cerebral que presentaba.
La joven acudió al hospital aquejada de un fuerte dolor de cabeza, dificultad para caminar, tendencia al sueño y dificultad para responder órdenes sencillas, y pese a ello no se le atendió adecuadamente ni se le ordenaron pruebas como resonancia magnética o tomografía, según el abogado.
En la sentencia se señala que la actuación médica «privó a la paciente de determinadas expectativas de que las cosas pudieran haber sido de otra forma, que deben ser indemnizadas», pero indica que el montante de la indemnización se reduzca (la familia pedía 426.668,31 euros).
Argumenta que ello se debe a la probabilidad de que «el daño se hubiera producido, igualmente, de haberse actuado diligentemente».
Según consta en la resolución, los ciudadanos deben contar, frente a sus servicios públicos de salud, con «la garantía de que, al menos, van a ser tratados con diligencia aplicando los medios y los instrumentos que la ciencia médica pone a disposición de las administraciones sanitarias».