Condena a la Aseguradora de una Residencia Ancianos Malaga por caida de un interno y posterior fallecimiento por no adoptar medidas de seguridad
VAZQUEZ ABOGADOS MALAGA Telefono 952215859 ha defendido los intereses de la familia. El Juzgado de 1ª Instancia nº8 de Málaga ha dictado sentencia, tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, por la que se condena a la aseguradora de una Residencia de Málaga a raíz de la caída, en la habitación, de un malagueño de 71 años que finalmente falleció.
Se reconoce una indemnización de 4.890 Euros, más intereses, y como indica en la demanda el abogado encargado del caso, Damián Vázquez, el día 14-02-2017 sufrió una caída al suelo como consecuencia de la falta de cuidado de la enfermera que fue a asearle dicha mañana, tras ducharse, resultando con lesiones provocadas por la misma.
Como se hacía constar en las reclamaciones presentadas por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ en Málaga, contra la Residencia y su Seguro, por la deficiente asistencia y falta de cuidado adecuado que derivó en caída el 14-2-2017, se indicaba que cuando una auxiliar del centro acudió para el aseo diario, le indicó que se apoyara en la barra de los pies de la cama, sin haber tenido previamente la precaución de colocar los frenos de la misma ni de la silla, ni de sujetar debidamente al interno ni auxiliarlo en debida forma.
Es obvio que los auxiliares de enfermería de dicha residencia y el mobiliario deben contar con las medidas de seguridad, y que en este caso no se fijó la cama, ni se pusieron los frenos, ni se aseguró debidamente al residente, por parte del personal de la residencia, ya que se despreocuparon de él.
Dicho mobiliario no estaba fijado al suelo, ni tenía patas fijas, sino que disponía de ruedas, por lo que supone un mayor peligro para este tipo de personas. Si no se adoptan las medidas de cuidado y aseguramiento por la residencia. Como consecuencia de dicha imprudencia se produjo la caída, siendo evidente la relación de causalidad entre dicha caída y las lesiones y problemas causados. Ello derivó en una fuerte caída al suelo, con lesiones, y pérdida del sonotone, pese a haberlo intentando localizar, que no fue recuperado.
El afectado estuvo varios meses impedido, utilizando corsé, y con una fractura de la vértebra lumbar, además de prolongarse su estancia en la residencia por dicho motivo y cobrarle por ello, hasta que pudo abandonarla, por las continuas deficiencias y mala atención, todo lo cual ha causado numerosos perjuicios y afectación de su salud.
Tampoco lo derivaron inicialmente tras la caída al hospital, como hubiera sido preceptivo, dejándolo en la residencia en ese estado, ni avisaron a la familia de dicha caída, lo que resulta sorprendente.
Ante sus quejas y los dolores que presentaba, el 17 de febrero de 2017, por fin lo llevaron a urgencias del Hospital Carlos Haya de Málaga, con juicio clínico dolor lumbar postraumático, indica calor local, reposo relativo y medicación.
Como persistía el dolor, acudió a urgencias de nuevo el 20 de marzo de 2017, indicando la exploración del médico que existía dolor a palpación de apófisis espinosa lumbares de LI L3, y dolor a palpación de la musculatura paravertebral lumbar derecha.
El lesionado continuó con tratamiento, estando totalmente impedido, y con la colocación de un corsé, ya que tenía fractura en la vértebra lumbar 2 (fx L2), como consecuencia de la caída, hasta que el día 26 de abril pudo salir de la residencia, ya que no estaba siendo cuidado adecuadamente en la misma. Necesitaba ayuda diaria, no podía moverse ni andar solo, con dolores en el pecho y espalda agravados por el corsé.
Finalmente, su estado fue empeorando hasta que falleció más adelante. En atención a todo ello, surge la responsabilidad de la aseguradora de la residencia, en cuanto causante del daño.
La sentencia acuerda indemnizar a los familiares por las lesiones causadas al residente, pero no por la pérdida del sonotone.
Atendiendo los argumentos del abogado Damián Vázquez, de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, la resolución judicial establece que de las pruebas practicadas resulta acreditado que el día del siniestro la auxiliar de la residencia, lo levantó, le llevó al baño en una silla con ruedas y frenos, le duchó y le condujo otra vez a la habitación, le levantó y le dijo que se apoyara en la cama para vestirle. Dada la complexión física del residente, siendo evidente y reconocido que la auxiliar no podía con él. Por lo que, al estar el interno de pie apoyado en la cama, perdió el equilibrio y no pudo ser sujetado por la auxiliar, cayendo al suelo. Entendemos que concurre en el presente supuesto una falta de medidas de aseguramiento en el cuidado y atención del interno. Dicho extremo resulta agravado por el hecho de que no se diera aviso a la familia por dicha residencia, afirmación realizada por los actores que no ha sido controvertida con ningún tipo de prueba o acreditación de contrario. Manifestando el director de la Residencia que normalmente se llama a la familia, sin que pudiera concretar se hiciera en el caso de autos. Y el hecho de que no fuera conducido al hospital para su revisión, tras la caída. El director manifestó que tienen un servicio médico y si la doctora no estima que haya de llevarse al hospital no se lleva. Siendo lo cierto, y acreditado, que tras la insistencia del propio lesionado que insistía en que le dolía, lo llevaron, tras unos días, al hospital, resultando igualmente acreditado que había sufrido daño sobre la lesión previa y que le pusieron un corsé y le mandaron un tratamiento en urgencia, como consta de la documentación médica y del informe pericial médico. Por todo lo que entendemos acreditada la falta de cuidado y medidas de aseguramiento del personal de la residencia y la relación de causalidad entre esta y las lesiones sufridas por el perjudicado.
La Asociación ‘El Defensor del Paciente’ ha denunciado o reclamado numerosos casos de deficiente atención a personas ingresadas en residencias, sobre todo que afectan a personas con avanzada edad, solicitando se tomen las medidas necesarias para evitarlo.
La defensa del caso ha sido dirigida por el abogado Francisco Damián Vázquez Jiménez, especialista en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’.
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