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El Diario Sur se hace eco hoy de la noticia de la indemnización a las familias de los fallecidos por el contagio de legionella en el Club de Hielo de Benalmadena.

La Asociación del Defensor del Paciente en Málaga pone en conocimiento el acuerdo aceptado por los familiares de dos fallecidos por el brote de legionella ocurrido en el Club de Hielo de Benalmadena, que continua actualmente bajo investigación penal en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Torremolinos (Málaga).

La Asociación del Defensor del Paciente a través del Abogado Fco. Damian Vazquez Jimenez (servicios jurídicos del Defensor del Paciente en Malaga) interpuso numerosas denuncias por los fallecimientos y lesionados por el contagio de legionella proveniente del Club de Hielo de Benalmadena, siendo aceptado recientemente por dos familias residentes en el Reino Unido el pago de la cantidad de la cantidad de 138.250 € y 109.971 €, en concepto de indemnización por cada uno de dichos fallecimientos a favor de sus hijos y esposas, a cargo de una de las aseguradoras. Con respecto a los lesionados parte de los mismos pertenecientes al colectivo de afectados de la Asociación del Defensor del Paciente han aceptado igualmente ser indemnizados por las secuelas y días impeditivos.

            Recordando los hechos la Asociación del Defensor del Paciente,  denuncio y puso en conocimiento del Fiscal de Málaga Dº Manuel Villen, el pasado 29-06-07, el BROTE DE LEGIONELLA, en la localidad de Benalmadena, con numerosas personas afectadas. En el escrito Dª Carmen Flores, Presidenta del Defensor del Paciente se indicaba que consideramos que existe responsabilidad, incluso de la Administración, ya que el foco de legionela se ubicaba en una Torre de refrigeración del Club de Hielo de Benalmadena, cuyas instalaciones ni siquiera estaban declaradas en el registro municipal y al parecer tampoco recibían el mantenimiento adecuado.Se informaba que el descontrol y la falta de previsión parecen ser el motivo de que las personas se hayan visto afectadas en su salud y puesto en grave peligro la salud publica, solicitando se depuren las responsabilidades a que hubiera lugar en este caso, que era previsible y evitable.

            A raíz del escrito del Defensor del Paciente, la Fiscalia de Málaga instruyo Diligencias de Investigación Penal nº 8/07, habiéndose comunicado por parte del Fiscal Jefe Dº Manuel Villen Navajas, a esta Asociación el pasado 17 Julio de 2007, que estimaban que los hechos investigados podrían ser constitutivos de delitos tipificados en los Articulos 142.1 y 152 del Código Penal, interesando la incoación de Diligencias Previas, en averiguación de los hechos y presuntos responsables de los mismos, que fue turnada al Juzgado de Instrucción nº 2 de Torremolinos, donde se han ido acumulando las denuncias de los afectados, que sufrieron graves problemas de salud y que tras la realización de pruebas se diagnosticaron neumonía por legionella, quedando ingresados en el hospital, y falleciendo al menos 4 personas y habiéndose confirmado que el brote de legionella proviene de las Torres de refrigeración del Club de Hielo de Benalmadena, por lo que la mayoría de afectados eran vecinos de la zona.

            Las instalaciones del Club de Hielo de Benalmadena, perteneciente al Ayuntamiento de Benalmadena, carecían de la correspondiente licencia de apertura, pese a que se abrió al publico, con consentimiento municipal, desde Enero de 2007, habiendo ocultado los responsables de la concesión UTE Club de Hielo, la existencia de dicho brote de legionella en dichas instalaciones, lo que ha provocado un masivo contagio de personas que residían o han pasado por las cercanías de dicho establecimiento municipal. Además consta en Acta de Inspección de la Consejeria de Salud de la Junta de Andalucia, realizada el pasado 29 de Junio de 2007, que en el Club de Hielo existe una Torre de refrigeración “sin notificar”, que esta en funcionamiento desde Enero de 2007, no habiéndose aportado programa preventivo, de mantenimiento de las instalaciones de riesgo adaptado al RD 865/2003, con planos de las instalaciones, puntos críticos, y de toma de muestras, tratamiento agua potable, plan de limpieza y desinfección. No se aportan protocolos ni certificados oficiales L+D, no constando acreditación de la empresa de mantenimiento “J Huesca, S.L”.

            Se realizo analítica de aerobios en agua de la torre de refrigeración con resultados superiores a 10.000 ufc/ml en las fechas 22-02-07 y 20-04-07. Posteriormente se realizan nuevas visitas de inspección constatándose mas irregularidades, como no aportar certificados oficiales de limpieza y desinfección iniciales de las instalaciones, ni libro registro de operaciones de mantenimiento, etc, aunque posteriormente se aportan algunos de dichos documentos, destacando que el personal del UTE CLUB HIELO encargado de las operaciones de mantenimiento no acredita formación homologada en prevención de legionella.

            Se ordeno por el Ayuntamiento de Benalmadena el pasado 29 Junio de 2007, la paralización y desconexión de las torres de refrigeración, reconociéndose en Decreto del Alcalde de Benalmadena, que el complejo de piscina cubierta y pista de hielo, CARECIA DE LICENCIA DE APERTURA, habiendo permitido dicho ayuntamiento su funcionamiento durante todo este tiempo, siendo una concesión municipal, lo que ha provocado el masivo contagio de legionella a personas residentes en Benalmadena.

            Con fecha 04-07-07 dicha Consejeria recibe un informe del laboratorio provincial de Salud Publica, de la muestra tomada mediante Acta 6585, en la Torre de refrigeración del Club de Hielo, siendo el resultado: 1,1×10 6 u.f.c Legionella pneumophila Serogrupo I.

 

            El laboratorio Lanutec, emite informe de muestras de agua tomadas en la pista de hielo de Benalmadena (torre de refrigeración), con 2 resultados positivos legionella superior a 10000.

            Tras una ardua y larga investigación durante todos estos años que está a punto de finalizar, los servicios jurídicos de la Asociación del Defensor del Paciente consideraban que los hechos denunciados son constitutivos de varios delitos de lesiones por imprudencia y Delitos de homicidio imprudente (Arts. 142.1 y 152 Código Penal). El Letrado Damian Vazquez, entiende que con el pago de dichas indemnizaciones y acuerdo alcanzado aceptado por parte de los afectados, se reconocen los hechos denunciados, tras esta larga lucha durante todos estos años, mostrando su satisfacción por ello.

La defensa del caso ha sido tramitada por el Letrado D. Francisco Damian Vazquez Jimenez (www.vazquezabogados.es), especialistas en derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente en Málaga. Teléfono 952215859/609610197, email: damian@vazquezabogados.es

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