Un juzgado libera a un pescadero de todas sus deudas por la Ley de la Segunda Oportunidad y a los avalistas
Nueva resolucion judicial que benefica a una persona fisica y le libera de todas sus deudas gracias al mecanismo de Segunda Oportunidad, ademas de a sus avalistas. Vazquez Abogados Telefono 609610197 le puede ayudar si quiere acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad cuando no puede hacer frente a todas sus deudas por prestamos, tarjetas, hipoteca, etc.
El Juzgado ha aplicado a Santiago Iborra Pujol, vecino de Rubí y pescadero de profesión, la Ley de Segunda Oportunidad de 2015 que permite liberar a particulares y autónomos de sus deudas, y ha dictado la exoneración de la totalidad del pasivo insatisfecho. Santiago había contraído una deuda que superaba los 31.500 € con distintas entidades financieras. Separado y con un hijo, Santiago inició el proceso en mayo de 2017, momento en el que ya no podía hacer frente a su situación de sobreendeudamiento. El auto, de fecha 28 de febrero de 2018, señala que el concursado solicita acogerse al Benecio de Exoneración total del Pasivo Insatisfecho (BEPI) por su incapacidad para hacer frente a las deudas que ha contraído. Tras mostrar su conformidad el administrador concursal, el auto resuelve que todas las deudas contraídas quedan canceladas, lo que supone que ya no tenga que hacer frente a las mismas e incluso tambien beneficia a sus avalistas.
Si ud se encuentra en esa situacion y no puede hacer frente a sus deudas contacte con Vazquez Abogados, podemos ayudarle en el proceso de Ley Segunda Oportunidad.
El Juzgado de Primera Instancia Número 2 ha librado a un matrimonio gerundense de una deuda de más de 24.000 euros que tenían con varias entidades bancarias y financierasbasándose en la Ley de la Segunda Oportunidad. La pareja, de origen rumano, llegó a España en 2012. Los dos, Costel y Ionela María Moldovan, encontraron trabajo pero después de poco tiempo ella se quedó sin empleo y comenzó a pedir pequeños créditos para “ir sobreviviendo”. La situación se fue complicando hasta que, entre los dos, llegaron a acumular esta cantidad en más de quince entidades.
Eximen a un matrimonio de pagar su deuda por la Ley de Segunda Oportunidad
El año pasado 2.237 personas físicas se declararon en quiebra y solicitaron un concurso de acreedores. Son un 41,7% más que un año antes en una evolución al alza gracias a la aprobación de la Ley de Segunda Oportunidad en 2015. Estas son las claves del procedimiento y los pasos a seguir para reestructurar tu deuda y disponer de una nueva oportunidad para rehacer tu vida.
¿Qué es un concurso de acreedores para personas físicas? Es un proceso judicial que permita a las familias un desahogo a su situación financiera a través de una reestructuración y una quita de la deuda. En la práctica supone una «suspensión de pagos» o una «declaración de quiebra» que permite a la persona agobiada corregir una situación complicada y tener una «segunda oportunidad», que es el nombre que puso el Ejecutivo ala Ley de 2015 aprobada para para dar aire a quienes sufrieron la crisis económica.
¿Qué le diferencia del anterior proceso de quiebra para las personas? «Antes de la reforma de la ley, se liquidaban todos los bienes y si no se llegaba a cubrir la deuda, los acreedores seguían siendo tus acreedores», sobre este antiguo proceso que ponía cuesta arriba al deudor rehacer su vida. A raíz de la Ley de Segunda Oportunidad, en cambio, la persona física puede presentar el concurso, liquidar sus bienes y conseguir una condonación de buena parte de sus deudas.
El proceso exige mediador concursal y notario y presentar la solicitud en un juzgado de Primera Instancia firmada por un abogado y procurador. Debe incluir un listado del dinero y los bienes que se dispongan, la renta futura que se prevé recibir en el futuro, los acreedores (con la cuantía adeudada a cada uno) y qué gastos se afrontan en el día a día. Si es matrimonio en gananciales, los bienes de la pareja formarán parte de la masa sobre la que se elaborara el concurso. El juez tarda dos semanas en dictar el auto que declara el concurso. Una vez declarado, se paraliza cualquier ejecución de facturas y los embargos, se nombra a un administrador concursal (que puede ser el mediador anterior) y comienza la negociación con los acreedores. Si hay acuerdo, se aprueba el convenio con los plazos y devoluciones. Si no hay acuerdo, se pasa a liquidación y el administrador concursal presenta un plan de venta de activos para devolver la deuda.
¿Cuánta deuda puedo quitarme de encima? «No existe más límite que el que los acreedores permitan»
El administrador es quien gestionará e intervendrá la cuenta destinada al concurso, el que debe autorizar tus gastos, el que negociará con tus acreedores cómo devolver el dinero y el que te asignará una partida básica para alimentos, educación, ropa y facturas del hogar. Todo lo que no entre dentro de esos gastos básicos, se dedicará a amortizar deuda.
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