Condenados dos sanitarios por la muerte de un paciente. Dispensaron por error un medicamento al que la victima era alergica. Vazquez Abogados especialistas en negligencias medicas Telefono 609610197

Un cirujano y una enfermera del Complejo Hospitalario de Jaén han sido condenados por la muerte de un paciente, al que dispensaron por error un medicamento al que era alérgico. Ambos admitieron su responsabilidad tras alcanzar un acuerdo con la familia del fallecido y con la Fiscalía. Se les considera autores de un delito leve de homicidio por imprudencia por el que tendrán que pagar 1.800 euros cada uno. Además, las aseguradoras indemnizarán a los parientes de la víctima con 300.000 euros.

Los hechos ocurrieron el 5 de abril del año 2017, cuando José G. L., un baezano de 61 años, acudió a Urgencias debido a que se le habían intensificado los dolores de una fístula. Ingresó a las once de la mañana con una dolencia aparentemente menor. Sin embargo, a las cinco y media de la tarde estaba muerto. Falleció dos minutos después de que le inyectaran un antibiótico, al que era alérgico y a pesar de que el hombre y su esposa lo habían advertido en varias ocasiones a lo largo de aquellas siete fatídicas horas. La sentencia considera probado que los dos sanitarios condenados “omitieron los mecanismos de seguridad”.

El primer “descuido grave” lo cometió el cirujano que atendió al enfermo en Urgencias, ya que prescribió un medicamento a José G. L. sin comprobar si era o no alérgico. El médico, identificado como F. M. J. A., entendió que era necesario operar al paciente y ordenó el ingreso en planta. En el historial sanitario, figuraba que no se le podía dispensar penicilina. De hecho, el enfermo ya tuvo un episodio de anafilaxia en mayo de 2015. A pesar de esto, el doctor firmó un informe que recogía el suministro del fármaco, al que era alérgico.

Alrededor de las dos de la tarde, el paciente fue trasladado a planta. Una enfermera le hizo una valoración inicial y José le indicó que era alérgico a la penicilina y a sus derivados. Un problema en el que también le insistió la esposa. Esta primera profesional imprimió el informe y subrayó en rojo la parte que hacía referencia a las incompatibilidades medicamentosas. Llegó a escribir un “ojo” en el documento, tal y como se especifica en la sentencia.

Dos horas después, la mujer del paciente avisó de que su marido tenía síntomas de fiebre. Acudieron dos enfermeras más sucesivamente, a las que la esposa advirtió de las alergias que sufría el enfermo. Aun así, una de ellas, M. C. C. M., preparó un tratamiento, “basándose en la prescripción que había hecho el médico”. Con evidente descuido, omitió cerciorarse si la medicación era compatible con la hoja de valoración que había hecho su compañera y que estaba a su disposición informáticamente y también en papel”, aclara la resolución. Cuando llegó la hora de inyectar, la mujer avisó otra vez más de que su marido era alérgico a algunos medicamentos. No obstante, M. C. C. M. procedió a suministrar el fármaco. Inmediatamente, José notó que algo no iba bien, que se estaba intoxicando, por lo que intentó quitarse la vía. No obstante, falleció en cuestión de minutos, sin que los profesionales que acudieron pudieran salvarlo.

Inicialmente, la Fiscalía consideraba que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave, por el que pedía una condena de un año y medio de cárcel para cada uno de los sanitarios. No obstante, tras el acuerdo alcanzado entre las partes, estimó que la negligencia era leve, por lo que el castigo quedó en una multa de 1.800 euros.

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